El comisionado presidente de Infocol, participa como ponente en la conferencia organizada por el Infoem: “Empoderando las rutas locales para implementar la Ley General de Archivos. Las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los casos de legislación de Colima y Jalisco”.
*Colima fue uno de los estados de la república mexicana que con mayor rapidez se homologó a la ley federal: Velasco Milanés
10 de junio del 2021
El comisionado presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima (Infocol), Christian Velasco Milanés participó como ponente en el evento, “Empoderando las rutas locales para implementar la Ley General de Archivos: Las decisiones de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) en los casos de la legislación de Colima y Jalisco”, evento organizado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

Para contextualizar la conferencia del comisionado presidente del órgano garante colimense la suprema corte de justicia de la nación dictaminó lo siguiente:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley de Archivos de Colima que fueron impugnadas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Así, en primer lugar, la Corte invalidó el artículo 68, numeral 6 de la Ley impugnada, por vulnerar el parámetro constitucional de equivalencia exigido por la Ley General de Archivos al facultar exclusivamente al Presidente del Consejo Estatal para convocar a sesiones extraordinarias, y no así al treinta por ciento de los integrantes del Consejo.

Asimismo, la Corte invalidó el artículo 73 por establecer una integración del Órgano de Gobierno del Archivo del Estado distinta a la prevista en el artículo 110 de la Ley General de Archivos, para el mismo órgano a nivel federal.

Además, la Corte invalidó el artículo 80, fracción III, el cual exige como requisito para el cargo de Director General no haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso, lo cual es contrario a los derechos de igualdad y no discriminación.

Finalmente, el Pleno declaró la invalidez del artículo 101 de la Ley de Archivos de Colima, pues no prevé cuáles infracciones administrativas serán consideradas como faltas graves o no graves, lo que afecta la certeza sobre quienes serán las autoridades competentes para conocer de los procedimientos respectivos.

Por lo demás, el Tribunal Pleno reconoció la validez de los artículos 10, numeral 2; 23; 65; 72, fracciones III a IX y XI a XVII; 80; 81; 83, numeral 3; y 93 de la Ley de Archivos de Colima.

Acción de Inconstitucionalidad 101/2019, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez de diversos artículos de la Ley de Archivos de Colima, publicada el 14 de agosto de 2019.
En su intervención el comisionado del Infoem el Maestro Javier Martínez Cruz expresó lo siguiente: “ Todos conocemos los desfases que se vivieron y se han vivido a lo largo de esta línea de tiempo, que nos han marcado retos como sistema nacional de transparencia, porque de estas tres leyes generales que mandataban estos transitorios de la reforma del 7 de febrero, la última en aparecer fue la ley general de archivos”, comentó.
Martínez Cruz también expuso: “ Estados como Colima que siempre han respetado los tiempo que mandata la ley, vemos por parte del Inai, una promoción de acción de inconstitucionalidad que promueve en septiembre, lo que el tres de mayo resolvió la corte”. Culminó.
Por su parte en su intervención el comisionado presidente del Infocol expresó que Colima quiso ser uno de los estado que se homologara su Ley Estatal a la Ley Federal lo mas pronto posible; esto se logró gracias al apoyo y acompañamiento del Maestro José Guadalupe Luna Hernández comisionado del Infoem y el Congreso del Estado de Colima, teniendo como base una ley modelo con propuestas novedosas en lo referente al artículo 10 de la ley estatal, dicho artículo hace constatar que faculta al órgano garante colimense para el cumplimiento de esta ley así como a los órganos internos de control.
Velasco Milanés, abundó: “una vez aprobada la ley tuvimos la sorpresa de que el Inai, sin decir agua va, interpuso la acción de inconstitucionalidad en diversos artículos, pero en mi manera de ver, dos de esos artículos fueron los principales que tomó en cuenta el Inai para su resolución, el 10 y el 23, en el que obliga a los sujetos obligados se elabore un informe anual detallado en cumplimiento del programa anual el cual tendrá que ser entregado al órgano garante colimense”, comentó.
La respuesta del Inai fue en el siguiente sentido;: “este tipo de acciones van a distraer al Infocol de sus funciones principales”.
El comisionado presidente expuso:” Nosotros no estuvimos de acuerdo con la decisión del Inai, sabemos que el órgano garante nacional debe de estar en desacuerdo cuando verdaderamente no tengamos esas facultades al 100%; y hay entender que la Ley de Archivos, es una ley que está íntimamente ligada a la transparencia y la protección de datos personales”, afirmó Velasco Milanés.
Finalmente Christián Velasco, leyó parte de la versión estenográfica de la decisión ofrecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: “Resulta infundada el argumento del Inai, de que las facultades concedidas al instituto de transparencia local, en tales preceptos rebasan las bases y principios previstos para los organismos garantes locales en materia de transparencia, de conformidad con el articulo 42 de la ley geneal de transparencia, los preceptos impugnados otorgan al Instituto de transparencia local, la facultad de vigilar el cumplimiento de la ley de archivos local conforme a sus competencias, así como la facultad de integrar auditorías archivistas en su programa anual de trabajo, analizar y auditar los informes anuales que detallan el cumplimiento del programa anual de los sujetos obligados”.
Para finalizar el Christian Velasco Milanés afirmo:” en base a esta acción de inconstitucionalidad se detuvo el trabajo del órgano garante en materia de archivos, pues el ejecutivo tiene que hacer una transición del Archivo Histórico del Estado al Archivo General, y no se ha hecho, donde ejecutivo expone al Infocol, que existe una acción de inconstitucionalidad, y aunque no son todos los artículos, el ejecutivo prefiere esperar a que se solucione esta acción”, finalizó.
