De las Medidas de Apremio para el Cumplimiento de las Resoluciones Dictadas por el Instituto.
El organismo garante, para el debido cumplimiento de sus resoluciones podrá imponer al servidor público encargado del cumplimiento, o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos, agrupaciones políticas, persona física o moral responsable, las siguientes medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones:
I. Apercibimiento
II. Amonetación pública, y
III. Multa, por el importe de ciento cincuenta hasta mil quinientas Unidades de Medida y Actualización.
No. de Recurso | Fecha | Servidor Público | Sujeto Obligado | Medida Interpuesta |
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RR.PNT/160/2017 | 18/10/2018 | Titular del Sujeto Obligado | H. Ayuntamiento de Comala | Amonestación Pública |
RR.PNT/160/2017 | 18/10/2018 | Titular de la Unidad de Transparencia | Archivo Histórico del Municipio de Colima | Amonestación Pública |
RR.PNT/160/2017 | 18/10/2018 | Titular de la Unidad de Transparencia | Titular de la Unidad de Transparencia | Amonestación Pública |
RR.PNT/160/2017 | 18/10/2018 | Titular de la Unidad de Transparencia | Poder Legislativo del Estado de Colima (Congreso) | Amonestación Pública |
RR.PNT/160/2017 | 18/10/2018 | Responsable de la Unidad de Transparencia | Poder Legislativo del Estado de Colima (Congreso) | Amonestación Pública |
No. de Recurso | Fecha | Servidor Público | Sujeto Obligado | Medida Interpuesta |